El Impuesto Sobre Nómina, abreviado como “ISN” y también conocido como el impuesto por remuneraciones, es una tarifa estatal obligatoria para las personas físicas y morales que realicen erogaciones en dinero o en especie por cualquier transacción que corresponda a una relación laboral.
Estas incluyen: pagos de sueldos y prestaciones, tiempo extraordinario de trabajo, compensaciones, gratificaciones y aguinaldo, participación patronal al fondo de ahorros, etc. Si haces alguno de estos pagos, en dinero o en especie, debes pagar el impuesto de sobre nómina en tu estado, pues es aplicable a todo tipo de patrón sin distinción alguna.
Al ser una tarifa local, la tasa del impuesto varía dependiendo de la entidad federativa a la que correspondan entidad federativa a la que pertenezca la empresa o a la ubicación en la que se realiza la actividad laboral. Por ejemplo, en la Ciudad de México manejan una tasa del 3%, en Querétaro esta es del 2% y en entidades como Campeche o Sinaloa es variable y va del 2% al 3%.
El ISN se declara cada mes ante la Secretaría de Finanzas del estado correspondiente, antes del día 17, desde el primer pago que como patrón se realice a cualquier persona física o moral. Asimismo se debe declarar suspensión de actividades, en caso correspondiente.
Algo importante a mencionar es que hay incentivos estatales para algunas empresas, bajo los cuales quedan incluso exoneradas del pago de este impuesto. A través de un proceso de selección ¿ la Secretaría de Finanzas de México tiene la capacidad de otorgar la exoneración del ISN a empresas que cumplan ciertos requisitos: quienes empleen a personas en la tercera edad o jóvenes recién egresados, por mencionar un ejemplo, pueden aplicar a estos apoyos gubernamentales.